Asesoramiento y orientación jurídica en materia de vivienda

Servicio de asesoramiento y orientación jurídica en materia de vivienda

La Xunta de Galicia, a través del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo (IGVS), colabora con el Consejo de la Abogacía Gallega para prestar un servicio gratuito de asesoramiento y orientación jurídica en materia de vivienda, con el objetivo de facilitar a la ciudadanía información especializada sobre sus derechos y obligaciones y orientarla ante determinadas situaciones relacionadas con la vivienda.

Este servicio tiene como finalidad ofrecer información y orientación jurídica a las personas que precisen asesoramiento en materias relacionadas con la pérdida de la vivienda habitual o con la ocupación no consentida de inmuebles, complementando los programas y actuaciones que desarrolla la Xunta de Galicia en este ámbito. En ningún caso sustituye los servicios propios de la asistencia jurídica gratuita ni del turno de oficio. 

El servicio ofrece asesoramiento y orientación en las siguientes materias

  • Aspectos relacionados con los trámites de carácter administrativo y judicial relativos a los derechos y obligaciones de las personas que se encuentren en situación de desamparo o en riesgo de perder su vivienda habitual y permanente como consecuencia de un procedimiento de ejecución hipotecaria, del impago de la renta de alquiler o de cualquier otra circunstancia imprevista o sobrevenida. 

  • Información sobre el Programa de atención a las personas en riesgo de desahucio de la Xunta de Galicia y sobre los recursos y programas públicos existentes en materia de acceso a la vivienda a los que, en su caso, puedan acogerse. 

  • Asesoramiento y orientación a las personas físicas propietarias o usufructuarias que se vean afectadas por la ocupación no consentida de sus viviendas, ofreciéndoles información sobre las actuaciones legales y administrativas que pueden llevar a cabo en estas situaciones. 

Cómo acceder al servicio

Las consultas pueden realizarse a través de los siguientes canales:

  • Formulario web, mediante el cual la consulta será atendida por el letrado o la letrada de guardia en un plazo aproximado de entre 24 y 48 horas. 

  • Teléfono gratuito 900 121 221, disponible de lunes a viernes, de 10:00 a 14:00 horas y de 16:00 a 20:00 horas, y los sábados de 10:00 a 14:00 horas. 

Vigencia

El servicio se presta al amparo del convenio de colaboración suscrito entre el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo y el Consejo de la Abogacía Gallega, que permanecerá vigente hasta el 31 de julio de 2028.

 

El 29.12.2023 fue objeto de publicación la Ley 10/2023, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas (DOG, NÚM. 246), que en su artículo 9 introduce una modificación de la Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia y añade una nueva disposición adicional vigesimotercera a la Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia, con la siguiente redacción:

«Disposición adicional vigesimotercera. Competencia para la emisión de los documentos acreditativos de la concurrencia de la vulnerabilidad económica previstos en los artículos 439, 655 bis y 685 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de enjuiciamiento civil. Corresponde a los ayuntamientos la competencia para la emisión de los documentos acreditativos de la concurrencia o no de la vulnerabilidad económica previstos en los artículos 439, 655 bis y 685 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de enjuiciamiento civil».

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