Rehabilitación de infravivienda (VI406A)

Rehabilitación
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OBJETO DEL PROGRAMA

- Ayudas a ayuntamientos de menos de 10.000 habitantes, para la reparación de infraviviendas en las que residan unidades de convivencia propietarias de una edificación o vivienda que se encuentre en mal estado de conservación y no dispongan de recursos para acometer las obras que permitan tener las condiciones mínimas de habitabilidad.

- Asimismo, los ayuntamientos de Galicia de menos de 10.000 habitantes también podrán solicitar la subvención para rehabilitar infraviviendas de su patrimonio municipal con la finalidad de destinarlas a solucionar los problemas de residencia de unidades de convivencia que cumplan los requisitos fijados en las bases reguladoras.

AYUNTAMIENTOS BENEFICIARIOS

Los ayuntamientos con menos de 10.000 habitantes. Para estos efectos, se tomarán como referencia las últimas cifras oficiales del padrón municipal de habitantes, publicadas por el Instituto Gallego de Estadística a la fecha de la publicación de esta resolución.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

- La reforma o rehabilitación de elementos exteriores.

- La mejora de las condiciones estructurales y de seguridad.

- La mejora de la accesibilidad de la edificación o de las viviendas.

- La mejora de la habitabilidad. Se incluyen dentro de esta actuación la ejecución de obras que eviten la entrada en el edificio del gas radón o la adopción de medidas que garanticen su eliminación del interior de las viviendas.

El plazo de ejecución de las obras vendrá fijado en el resolución de concesión de la subvención, sin que en ningún caso pueda exceder de seis meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación.

CONTÍA DA SUBVENCIÓN

Ata o 95% do orzamento protexido das obras, cun máximo de 15.000 € por vivenda rehabilitada.

PRAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Desde as 9.00 horas do 23/01/2026 ata as 14.00 horas do 03/07/2026.

FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Electrónica

INFORMACIÓN

- AREA PROVINCIAL IGVS A CORUÑA: 981 184 824

- AREA PROVINCIAL IGVS LUGO: 982 294 602

- AREA PROVINCIAL IGVS OURENSE: 988 386 268

- AREA PROVINCIAL IGVS PONTEVEDRA: 986 805 611

- Correo electrónico: vivendasbaleiras.igvs [at] xunta.gal (vivendasbaleiras[dot]igvs[at]xunta[dot]gal)

DOCUMENTACIÓN RELACIONADA

- RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras aplicables a la concesión de las subvenciones del Programa de infravivienda y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento VI406A).pdf

- CORRECCIÓN DE ERRORES. Resolución de 30 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras aplicables a la concesión de las subvenciones del Programa de infravivienda y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento VI406A).pdf

- RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2025 por la que se procede a la convocatoria del Programa de infravivienda para el año 2026, tramitada como anticipado de gasto (código de procedimiento VI406A).pdf

- EXTRACTO de la Resolución de 22 de diciembre de 2025 por la que se procede a la convocatoria del Programa de infravivienda para el año 2026, tramitada como anticipado de gasto (código de procedimiento VI406A).pdf