La Xunta recibe en las primeras horas más de 1.000 peticiones de ayudas para rehabilitar viviendas en ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes
La Consellería de Vivenda activó hoy a las 9 horas el plazo para pedir estas subvenciones, que finalizará el 1 de septiembre o en el momento del agotamiento del crédito
A las 13 horas, en la provincia de Lugo se habían registrado 373 peticiones; en la de Ourense, 230; en la de Pontevedra, 167; y en la de A Coruña, 265
La Xunta destina a las ayudas un presupuesto bianual de 5 M€, con fondos autonómicos
Las aportaciones, que pueden conseguir los 30.000€, cubrirán hasta el 75% de las obras y se incluyen trabajos de accesibilidad, conservación, sostenibilidad o eficiencia energética
La vivienda rehabilitada o resultante por cambio de uso se destinará a domicilio habitual y permanente, bien del propietario o en alquiler durante un mínimo de 5 años
Santiago de Compostela, 21 de enero de 2025
La Xunta recibió en las primeras horas 1.035 peticiones de ayudas para rehabilitar viviendas en ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes. La Consellería de Vivenda e Planificación de Infraestruturas activó hoy a las 9 horas el plazo para solicitar estas nuevas subvenciones, que finalizará el 1 de septiembre, o en el momento del agotamiento del crédito presupuestario.
De manera más concreta, a las 13 horas, en la provincia de Lugo se habían registrado 373 peticiones; en la de Ourense, 230; en la de Pontevedra, 167; y en la de A Coruña, 265.
El Gobierno gallego destina la esta convocatoria un presupuesto bianual de 5 M€, con fondos autonómicos, que podrán ampliarse si el número de solicitudes excede la cuantía.
Las aportaciones, que pueden conseguir los 30.000€, están dirigidas a propietarios o usufructuarios de viviendas o locales situados en ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes, con el requisito de que la vivienda rehabilitada debe destinarse a domicilio habitual y permanente, bien de su propietario o en alquiler, en este caso, durante un mínimo 5 años.
Esta nueva línea es compatible con otras de la misma finalidad, convocadas por la Xunta u otra administración, siempre y cuando la ayuda no supere el coste total de las actuaciones. Por ejemplo, estas aportaciones son compatibles con las de adquisición de vivienda en ayuntamientos de menos de 10.000 habitantes, de manera que se puede adquirir una vivienda abandonada con esta subvención y reformarla con la nueva ayuda de rehabilitación.
La ayuda cubrirá hasta el 75% de las obras y se incluyen trabajos de accesibilidad, conservación, habitabilidad, sostenibilidad y eficiencia energética. También se contemplan las actuaciones para la medición y la ejecución de obras que eviten la entrada del gas radón o la adopción de medidas que garanticen su eliminación del interior de las viviendas.
Además, en el coste total de las actuaciones subvencionables se pueden incluir los honorarios de la redacción de los proyectos, informes técnicos y certificados necesarios, y los gastos derivados de la tramitación administrativa. Y también los gastos derivados de impuestos, tasas y tributos, que estén debidamente justificados.