Bolsas de formación en materia de vivienda (VI440D)
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Los datos que figuran a continuación son orientativos. La información completa debe consultarse en la normativa reguladora de las ayudas.
- Información general
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Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases reguladoras que regirán la concesión de bolsas de formación en materia de vivienda en el Instituto Galego da Vivenda e Solo.
Las personas a las cuales se les conceda la bolsa recibirán su formación de acuerdo con un plan formativo elaborado especificamente para cada convocatoria por la Dirección Xeral do IGVS. Este plan de formación versará sobre materias relacionadas con las funciones propias del citado organismo e indicará las actividades prácticas que se realizarán.
- Personas beneficiarias
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Podrán solicitar esta bolsa todas aquellas personas que en el momento de presentar su solicitud reúnan los siguientes requisitos:
- Terminar el grado exigido en la correspondente convocatoria, dentro del plazo indicado en ella.
- Tener competencia en lengua gallega en el nivel Celga 4, equivalente o superior.
- No ser con anterioridad beneficiaria de otra bolsa de formación del IGVS.
- No tener empleo remunerado ni gozar de otra bolsa similar a esta. En otro caso, deberá renunciarse al empleo o a la bolsa con anterioridad al comienzo de la formación.
- No estar incursa en ningunha de las circunstancias especificadas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
- Cuantía de las ayudas
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La duración y la cuantía de las ayudas será la que se determine en cada resolución de convocatoria.
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