- Inicio
- El IGVS
- Estructura Orgánica
-
Dirección Técnica de Edificación y Calidad
- Visión de la estructura orgánica
- La Dirección General
- La Secretaría General
- Dirección Técnica de Suelo Residencial
- Dirección Técnica de Edificación y Calidad
- Dirección Técnica de Gestión Económica y Patrimonio
- Dirección Técnica de Ayudas a la Vivienda
- Los Departamentos Territoriales
- Las Áreas Provinciales
-
El IGVS
- Bienvenida
- Competencias
-
Estructura Orgánica
- Visión de la estructura orgánica
- La Dirección General
- La Secretaría General
- Dirección Técnica de Suelo Residencial
- Dirección Técnica de Edificación y Calidad
- Dirección Técnica de Gestión Económica y Patrimonio
- Dirección Técnica de Ayudas a la Vivienda
- Los Departamentos Territoriales
- Las Áreas Provinciales
- Legislación
- Atención al público
- Transparencia y gobierno abierto
- Actualidad
El IGVS
Dirección Técnica de Suelo Residencial
Mon May 27 12:27:00 CEST 2024
- Compartir
A la Dirección Técnica de Suelo Residencial le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
- a) La propuesta de las disposiciones normativas precisas relativas a las competencias en materia de suelo residencial del IGVS.
- b) La propuesta, elaboración y gestión de los programas de actuación en materia de planificación y desarrollo de suelo residencial.
- c) La gestión y supervisión de los correspondientes instrumentos urbanísticos, de ordenación del territorio, gestión y desarrollo de suelo residencial, proyectos de urbanización, así como de los expedientes de expropiación oportunos para la consecución de los fines del IGVS.
- d) La gestión de la adquisición, cesión y enajenación de suelo destinado a los fines del del IGVS.
- e) La elaboración de los pliegos de prescripciones técnicas necesarios para todas las actuaciones relacionadas con el suelo residencial, incluidas las de adquisición, constitución de derechos y enajenación del suelo residencial del IGVS, así como la emisión de los informes técnicos de evaluación de las ofertas.
- f) La emisión de informes relativos a los aspectos técnicos y urbanísticos de los documentos de declaración de áreas de rehabilitación integral (ARI) y áreas de regeneración urbana de interés autonómico (Rexurbe) y la coordinación de las actuaciones y criterios técnicos de los servicios técnicos provinciales en estos campos.
- g) La coordinación y el seguimiento de las encomiendas, encargos o convenios firmados con sociedades urbanísticas, empresas o sociedades que tengan como finalidad la promoción y gestión del suelo residencial.
- h) En general, cuantos asuntos le sean encomendados de acuerdo con estas funciones.
La Dirección Técnica de Suelo Residencial se estructura en las siguientes unidades, con rango de jefatura de servicio:
Oficina Técnica de Suelo.
Le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
- La gestión de la adquisición del suelo residencial.
- La gestión y, en su caso, la redacción, directamente o a través de los servicios técnicos provinciales, de los correspondientes instrumentos urbanísticos, de ordenación del territorio y proyectos, así como de los expedientes de expropiación oportunos para la consecución de los fines del IGVS en materia de suelo residencial.
- La supervisión de los proyectos, con las funciones previstas en la normativa de contratación pública, así como de los instrumentos de ordenación y gestión de suelo residencial.
- La preparación de los pliegos de prescripciones técnicas para los concursos de adquisición de suelo y la emisión de informes técnicos de evaluación de ofertas encargados por la dirección técnica en los procedimientos de contratación que afecten al suelo residencial.
- La redacción de los proyectos, así como la dirección de obra y/o la dirección de ejecución de las obras que se le encomienden.
- El control y, en su caso, la inspección de la ejecución de las obras.
- El asesoramiento técnico en materia de suelo residencial en la elaboración de la documentación técnica y en cuantas materias relacionadas con sus funciones le sean formuladas, garantizando el apoyo técnico requerido por los otros órganos del IGVS.
- La realización de estudios técnicos en el ámbito de su competencia.
- En general, cuantos asuntos le sean encomendados de acuerdo con estas funciones.
Servicio de Gestión y Régimen Jurídico del Suelo.
Le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
- La elaboración de las disposiciones normativas precisas relativas a las competencias en materia de suelo residencial del IGVS.
- La elaboración y gestión de los programas de actuación en materia de planificación y desarrollo de suelo residencial.
- El asesoramiento jurídico en la gestión de los correspondientes instrumentos urbanísticos, de ordenación del territorio y proyectos de urbanización, así como de los expedientes de expropiación oportunos para la consecución de los fines del IGVS, sin perjuicio de las funciones propias de su asesoría jurídica.
- La redacción de las encomiendas, encargos y/o convenios firmados con sociedades urbanísticas, empresas o sociedades que tengan como finalidad la promoción y gestión del suelo residencial.
- La tramitación de los expedientes de cesiones, así como la gestión de los procedimientos de adquisición de suelo residencial.
- La preparación y tramitación de los procedimientos de constitución de derechos y/o venta del suelo residencial del IGVS.
- La depuración y actualización de la situación registral del patrimonio de suelo del IGVS.
- En general, cuantos asuntos le sean encomendados de acuerdo con estas funciones.