Vivienda de promoción pública
Definición
Sat Sep 11 14:59:00 CEST 2021
- Compartir
Según el artículo 46 de la Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia, es vivienda protegida de promoción pública la que el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo promueva como tal o a la que se le otorgue esta calificación y que cumpla con los requisitos que se establezcan reglamentariamente, y se adjudicará conforme a un procedimiento reglado, normativamente establecido.
Normativas relacionadas
Documentos relacionados
Enlaces relacionados
- VI409B - Cambio de régimen de alquiler a compraventa y de compraventa a alquiler de vivendas protegidas de promoción pública.
- VI409C - Autorización de amortización anticipada total de vivienda protegida de promoción pública.
- VI409D - Autorización de amortización anticipada parcial de vivienda protegida de promoción pública.