VIVIENDA DE PROMOCIÓN PÚBLICA
Definición
11/09/2021
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Según el artículo 46 de la Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia, es vivienda protegida de promoción pública la que el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo promueva como tal o a la que se le otorgue esta calificación y que cumpla con los requisitos que se establezcan reglamentariamente, y se adjudicará conforme a un procedimiento reglado, normativamente establecido.