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Rehabilitación de edificaciones y viviendas de titularidad municipal (VI422F)
Los datos de esta ficha son orientativos. La información completa debe consultarse en la normativa reguladora de las ayudas.
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Información General
Muchos ayuntamientos de Galicia disponen de un patrimonio edificatorio que puede ser objeto de un uso residencial mediante las oportunas actuaciones de rehabilitación. Por otra parte, el proceso de despoblación de la zona rural hace necesaria una política encaminada a fijar población en estas zonas, siendo la vivienda una necesidad básica para este cometido.
Personas beneficiarias
Ayuntamientos de Galicia de menos de 20.000 habitantes para que puedan rehabilitar edificaciones y viviendas de titularidad municipal con destino al alquiler social, y las adjudiquen, en régimen de alquiler, la unidades de convivencia con ingresos inferiores a 2,5 veces el indicador público de renta de efectos múltiples.
Cuantía de las ayudas
Las ayudas podrán conseguir hasta el 95% del presupuesto protegido de las obras, sin que en ningún caso puedan superar la cantidad de 50.000 euros por vivienda rehabilitada, o de 55.000 euros, en el caso de viviendas ubicadas en el ámbito histórico o de los Caminos de Santiago. En el supuesto de que la edificación a rehabilitar había estado situada en un ámbito declarado Área Rexurbe, las citadas con cantidades se incrementarán en 2.000 euros por vivienda.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 28 de abril de 2023 y finalizará el día 1 de junio de 2023 y, en todo caso, en el momento de agotamiento de la partida presupuestaria contenida en esta convocatoria, que será publicada en el DOG mediante resolución de la persona titular de la Dirección General del IGVS.