
Adquisición
Adquisición de vivenda en concellos cunha poboación igual ou inferior a 10.000 habitantes (VI435A)
Este programa de ayudas está previsto en el Plan estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 regulado en el Real Decreto 42/2022, del 18 de enero y tiene por objeto subvencionar la compra de vivienda p0or personas que no superen los 35 años en ayuntamientos con una población igual o inferior a 10.000 habitantes.
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Personas beneficiarias
Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas físicas mayores de edad que, con carácter general, cumplan los siguientes requisitos:
- Tener menos de 35 años, incluida la edad de 35 años, en la fecha de presentación de la solicitud o en el momento de la suscripción del contrato privado o de la escritura pública de compraventa, cuando esta se realice antes de la publicación de la correspondiente convocatoria.
- Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, Suiza o el parentesco determinado por la normativa que sea de aplicación. En el caso de personas extranjeras no comunitarias deberán contar con autorización de estancia o residencia en España.
- Que las rentas anuales de las personas que componen su nacionalidad de convivencia sean iguales o inferiores a 3 veces el indicador público de renta de efectos múltiples (en adelante, IPREM). Este límite será de 4 o 5 veces el IPREM si se concurren las circunstancias específicas previstas en las bases reguladoras y en la resolución de la convocatoria.
- Tener adquirida una vivienda con posterioridad al 15 de noviembre de 2022 mediante contrato privado o escritura pública de compraventa.
- En el caso de disponer de la escritura pública, que a la persona solicitante y a su unidad de convivencia estén empadronadas en la vivienda adquirida en el momento de presentación de la solicitud.
- Que ni la persona solicitante ni ninguna de las personas integrantes de su unidad de convivencia sean propietarias o usufructuarias de alguna vivienda en España, excepto excepciones.
Requisitos de las viviendas subvencionadas
- Estar situadas en ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia con una población igual o inferior a 10.000 habitantes.
- Que su precio de adquisición, incluidos sus anexos, sin los gastos y los tributos inherentes a ella, sean igual o inferior a 120.000€.
- Que se trate de una vivienda ya construida. Para estos efectos, se admitirán tanto las viviendas nuevas como las usadas.
Cuantía de las ayudas
La cuantía de las ayudas será hasta 10.800,00€ por vivienda, con un limite del 20% del precio de la venta, sin incluir los gastos y los tributos correspondientes.
Adquisición de viviendas por varias personas conjuntamente
En este supuesto, cada una de las personas adquirientes de la vivienda deberá presentar una solicitud.
La cuantía de la ayuda será proporcional a su porcentaje de participación en la compra de la vivienda.
Plazo de presentación de solicitud
El plazo de presentación de solicitudes termina el 31 de octubre de 2023.