Casas de maestros
Rehabilitación de edificaciones y viviendas de titularidad municipal (VI422F)
Los datos de esta ficha son orientativos. La información completa debe consultarse en la normativa reguladora de las ayudas.
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Información General
Muchos ayuntamientos de Galicia disponen de un patrimonio edificatorio que puede ser objeto de un uso residencial mediante las oportunas actuaciones de rehabilitación. Por otra parte, el proceso de despoblación de la zona rural hace necesaria una política encaminada a fijar población en estas zonas, siendo la vivienda una necesidad básica para este cometido.
Personas beneficiarias
Ayuntamientos de Galicia de menos de 30.000 habitantes para que puedan rehabilitar edificaciones y viviendas de titularidad municipal con destino al alquiler social, y las adjudiquen, en régimen de alquiler, a unidades de convivencia con ingresos inferiores a 2,5 veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).
Cuantía de las ayudas
Las ayudas podrán alcanzar hasta el 95% del presupuesto protegido de las obras, sin que en ningún caso puedan superar la cantidad de 50.000 euros por vivienda rehabilitada, o de 55.000 euros, en el caso de viviendas ubicadas en el ámbito histórico, en el ámbito de los Caminos de Santiago o de la Ribeira Sacra. En el supuesto de que la edificación a rehabilitar estuviese situada en un ámbito declarado Área Rexurbe, las citadas con cantidades se incrementarán en 2.000 euros por vivienda.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 27 de xaneiro de 2025 y finalizará el día 3 de junio de 2025 y, en todo caso, en el momento de agotamiento de la partida presupuestaria contenida en esta convocatoria, que será publicada en el DOG mediante resolución de la persona titular de la Dirección General del IGVS.