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El IGVS
Dirección Técnica de Edificación y Calidad
Mon May 27 12:27:00 CEST 2024
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A la Dirección Técnica de Edificación y Calidad le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
- La propuesta, elaboración y gestión de los programas de actuación en materia de promoción pública de viviendas, de rehabilitación, reparación y conservación del parque de viviendas de promoción pública.
- La propuesta de las disposiciones normativas precisas relativas a las competencias en materia de edificación y calidad en la edificación del IGVS.
- La gestión de los correspondientes instrumentos urbanísticos, de ordenación del territorio y proyectos de obras oportunos para la consecución de los fines del IGVS.
- La elaboración, seguimiento, control, supervisión y propuesta de aprobación técnica de los proyectos de obras promovidas por el IGVS cuya gestión se le encomiende.
- La coordinación de la labor de los servicios técnicos de las áreas provinciales en materia de edificación y calidad en la edificación.
- El desarrollo y gestión de las operaciones de rehabilitación, regeneración y renovación urbana desarrolladas o con participación del IGVS.
- La gestión de la adquisición, cesión y enajenación de inmuebles destinados a los fines del IGVS.
- La elaboración de los pliegos de prescripciones técnicas para la contratación de las obras del IGVS y la supervisión y aprobación, en su caso, de los que le sean sometidos a su consideración, así como, la emisión de los informes técnicos de evaluación de las ofertas.
- El apoyo y asesoramiento técnico para el correcto desarrollo de los diferentes programas de fomento de las actuaciones en materia de rehabilitación de vivienda.
- La coordinación de la contratación del IGVS.
- El informe, elaboración y gestión, en colaboración con las otras direcciones técnicas del IGVS, del desarrollo de convenios, acuerdos, o conciertos para el desarrollo de promociones de viviendas protegidas con otros órganos de la administración, particulares o cooperativas.
- El seguimiento de la aplicación del Código técnico de la edificación y la propuesta para su desarrollo normativo adaptado a las características de la edificación en Galicia.
- La acreditación de entidades de control de calidad, así como laboratorios de calidad en materia de edificación y el establecimiento de estándares técnicos en lo relativo a materiales, procesos y sistemas constructivos.
- En general, cuantos asuntos le sean encomendados de acuerdo con estas funciones.
La Dirección Técnica de Edificación y Calidad se estructura en las siguientes unidades, con rango de jefatura de servicio:
Oficina Técnica de Edificación.
Le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
- La elaboración, seguimiento, control y supervisión de los proyectos de obras promovidas por el IGVS cuya gestión se le encomiende.
- La elaboración de los pliegos de prescripciones técnicas para los contratos de obras, urbanización y servicios vinculados y realizar informes técnicos de evaluación de ofertas, encargados por la dirección técnica, en los procedimientos de contratación.
- La redacción de los proyectos, la dirección de obra y dirección de ejecución de las obras que se le encomienden.
- La realización del control y, en su caso, de la inspección de la ejecución de las obras.
- El asesoramiento técnico en materia de rehabilitación de viviendas, en la elaboración de la documentación técnica y en cuantas materias relacionadas con sus funciones le sean formuladas, garantizando el apoyo técnico requerido por los otros órganos del IGVS.
- La elaboración de las valoraciones de inmuebles que se le encarguen.
- La elaboración de los certificados de eficiencia energética de edificios y viviendas que se le encarguen.
- La elaboración de los informes de evaluación de edificios que se le encarguen.
- La emisión de los informes relativos a la normativa de habitabilidad.
- La realización de estudios técnicos en el ámbito de su competencia.
- La conformación de las certificaciones ordinarias, de revisión de precios, finales y liquidaciones de los contratos de obras y servicios que se le encomienden.
- La realización de las visitas de inspección y de los oportunos informes técnicos que se requieran para la aplicación del régimen sancionador legalmente establecido en materia de vivienda.
- En general, cuantos asuntos le sean encomendados de acuerdo con estas funciones.
Servicio de contratación.
Le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
- Las funciones inherentes a la preparación, licitación y adjudicación de los expedientes de contratación administrativa de competencia del IGVS.
- La coordinación y seguimiento de la contratación del IGVS.
- La tramitación de los expedientes de contratación, gestión y supervisión, en coordinación con otros órganos del IGVS, de su ejecución.
- La tramitación de los expedientes de modificaciones y resoluciones de contratos y, en su caso, de incautación de garantías.
- La elaboración de los informes y de las actuaciones que sean necesarias en relación con los órganos externos de control y seguimiento respecto de las actividades contractuales.
- En general, cuantos asuntos le sean encomendados de acuerdo con estas funciones
Servicio de Gestión de Inversiones y Apoyo Administrativo.
Le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
- La propuesta y gestión de las inversiones en materia de edificación, rehabilitación y reparación de edificios.
- El estudio e informe y propuesta de resolución de las reclamaciones y de los recursos interpuestos contra actos del IGVS en materia de competencia de la dirección técnica.
- La gestión de las relaciones administrativas con los juzgados y tribunales, así como impulsar el cumplimiento de las sentencias dictadas por los mismos, en materia de competencia de la dirección técnica.
- La gestión, coordinación y el seguimiento de las encomiendas, encargos y/o convenios firmados con las sociedades urbanísticas, empresas o sociedades y con los ayuntamientos y otras entidades, en las materias de la competencia de la dirección técnica.
- La gestión administrativa, económica y jurídica de los asuntos de competencia de la dirección técnica.
- En general, cuantos asuntos le sean encomendados de acuerdo con estas funciones.
Servicio de Calidad.
Le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
- La elaboración de disposiciones técnicas, guías y manuales, en materia de calidad en la edificación, así como el fomento y la planificación de la misma.
- El estudio y propuesta de disposiciones relativas a los materiales, técnicas y procesos de ahorro energético y edificación sostenible.
- La emisión de informes y certificados técnicos relativos a los procesos de edificación y materiales.
- La tramitación de las actuaciones necesarias para los procedimientos de habilitación de las entidades y de los laboratorios de ensayos de control de calidad.
- La realización de las inspecciones de las entidades y laboratorios, con el fin de velar por el cumplimiento de los requisitos exigibles, así como la programación y seguimiento de los ensayos de contraste obligados a los laboratorios.
- El informe de los planes de control de calidad, o elaboración de los que se le encarguen de las obras promovidas por el IGVS, control del cumplimiento del mismo y revisión de las certificaciones correspondientes.
- La coordinación y gestión de los programas de ayudas a comunidades de propietarios o usuarios para la rehabilitación de viviendas y edificios de promoción pública.
- La elaboración de los pliegos de prescripciones técnicas para la contratación de los planes de control de calidad y de los informes técnicos de evaluación de ofertas, encargados por la dirección técnica, en los procedimientos de contratación.
- La propuesta, desarrollo y coordinación de iniciativas de investigación y estudios en las materias de su competencia.
- El informe a los distintos agentes del sector de la edificación en las cuestiones relativas a la calidad y sostenibilidad de la edificación y el impulso del conocimiento e investigación en estos ámbitos.
- La participación en reuniones y comités técnicos en el ámbito de sus competencias, así como la colaboración con otros organismos o entidades con atribuciones en esta materia.
- En general, cuantos asuntos le sean encomendados de acuerdo con estas funciones.