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El IGVS
Dirección Técnica de Ayudas a la Vivienda
Mon May 27 12:27:00 CEST 2024
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A la Dirección Técnica de Ayudas a la Vivienda le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
- El fomento de la rehabilitación, recuperación y renovación de los centros históricos, de los tejidos urbanos degradados, de las áreas de rehabilitación, áreas de regeneración urbana de interés autonómico, del medio rural y de las viviendas y edificaciones que se sitúen en estos ámbitos, mediante el establecimiento y gestión de todo tipo de ayudas.
- La propuesta y tramitación de las medidas de fomento orientadas a facilitar el acceso de la ciudadanía a las viviendas protegidas.
- El apoyo a los/las agentes intervinientes en los procesos de rehabilitación.
- La tramitación y/o coordinación de los programas de ayudas para la promoción o el acceso a la vivienda que se le encomienden por la Dirección General del IGVS.
- El establecimiento y coordinación de convenios y acuerdos de colaboración con ayuntamientos o entidades para la implantación y desarrollo de programas orientados a facilitar el acceso a la vivienda y el impulso de la rehabilitación.
- La aplicación de los programas incluidos en los planes estatales de vivienda en la Comunidad Autónoma de Galicia y la gestión de los fondos vinculados a ellos.
- El mantenimiento y actualización del directorio de agentes colaboradores en materia de rehabilitación.
- El apoyo y asesoramiento para lo correcto desarrollo de los diferentes programas de acceso a la vivienda y de fomento de las actuaciones en materia de rehabilitación de vivienda.
- La coordinación con la Dirección Técnica de Edificación y Calidad y con las áreas provinciales para la tramitación de los programas relativos a la rehabilitación y renovación urbana.
- La coordinación con las áreas provinciales para la tramitación de los programas relativos al acceso a vivienda.
- En general, cuantos asuntos le sean encomendados de acuerdo con estas funciones.
Dependiendo del/de la director/a técnico/a existirán las siguientes unidades, con rango de jefatura de servicio:
Servicio de Acceso a la Vivienda.
Le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
- La proposición de las regulaciones normativas relativas a los programas previstos en los planes estatales o autonómicos de vivienda para la promoción y el acceso a la vivienda, en compra o en alquiler, y tramitar los correspondientes proyectos normativos, bases reguladoras y convocatorias de subvenciones.
- La gestión de los convenios y acuerdos de colaboración que se puedan establecer para el desarrollo de programas de alquiler y/o de movilización de viviendas vacías, así como para la implantación y desarrollo de programas orientados a facilitar el acceso a la vivienda, especialmente para la juventud y colectivos con mayores dificultades de acceso a la vivienda.
- La tramitación y/o coordinación de los programas de ayudas para la promoción o el acceso a la vivienda que se le encomienden por la Dirección General del IGVS.
- La colaboración con la Dirección Técnica de Gestión Económica y Patrimonial para la correcta aplicación de los fondos transferidos por el Estado y el seguimiento de los balances y liquidaciones correspondientes a los distintos planes de vivienda en las materias de su competencia.
- En general, cuantos asuntos le sean encomendados de acuerdo con estas funciones.
Servicio de Ayudas al Alquiler.
Le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
- La tramitación y/o coordinación de los programas de ayudas para el alquiler de vivienda que se le encomienden por la Dirección General del IGVS.
- El apoyo y asesoramiento para el correcto desarrollo de los diferentes programas de acceso a la vivienda en alquiler.
- La colaboración con la Dirección Técnica de Gestión Económica y Patrimonial para la correcta aplicación de los fondos transferidos por el Estado y el seguimiento de los balances y liquidaciones correspondientes a los distintos planes de vivienda en las materias de su competencia.
- En general, cuantos asuntos le sean encomendados de acuerdo con estas funciones.
Servicio de Regeneración y Renovación Urbana.
Le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
- El impulso de las medidas de fomento a la rehabilitación contenidas en la Ley 1/2019, de 22 de abril, de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas de Galicia.
- La proposición de las regulaciones normativas relativas a los programas previstos en los planes estatales o autonómicos de vivienda para la rehabilitación y regeneración urbana y tramitar los correspondientes proyectos normativos, bases reguladoras y convocatorias de subvenciones.
- La gestión de los convenios con ayuntamientos para ser declarados como ARI, así como vigilar su ejecución.
- La gestión de los convenios con ayuntamientos para ser declarados como Área Rexurbe así como vigilar su ejecución.
- La coordinación con la Dirección Técnica de Edificación y Calidad y con las áreas provinciales para la tramitación de los programas relativos a la rehabilitación y renovación urbana.
- La gestión del directorio de agentes colaboradores en materia de rehabilitación.
- En general, cuantos asuntos le sean encomendados de acuerdo con estas funciones.
Servicio de Ayudas a la Rehabilitación.
Le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
- La coordinación y la gestión de las ayudas en las actuaciones de rehabilitación y recuperación de los conjuntos históricos o espacios degradados tanto de los programas propios de la Comunidad Autónoma como de los vinculados a los planes estatales de vivienda.
- La coordinación y la gestión de las ayudas relativas a la rehabilitación y reconstrucción de viviendas en entornos urbanos.
- La gestión de los programas de ayudas a la rehabilitación y regeneración en el medio rural y cualquier otra de ámbito no urbano.
- La gestión de cualquier otra ayuda que la normativa establezca relativa a la rehabilitación de viviendas.
- La colaboración con la Dirección Técnica de Gestión Económica y Patrimonial para la correcta aplicación de los fondos transferidos por el Estado y el seguimiento de los balances y liquidaciones correspondientes a los distintos planes de vivienda en las materias de su competencia.
- En general, cuantos asuntos le sean encomendados de acuerdo con estas funciones.