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Fondo cooperación con los ayuntamientos para o finaciación de viviendas protegidas

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PROMOCIÓN

Fondo de cooperación para la promoción de vivienda protegida de nueva construcción(VI406I)

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Fri May 23 00:00:00 CEST 2025
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Objeto
 
Regular la gestión y el acceso al Fondo de cooperación con los ayuntamientos para el apoyo a la financiación de la promoción de vivienda protegida de nueva construcción, así como fijar el procedimiento, las condiciones y los criterios para acceder a él.

Convocar, para la anualidad de 2025, el acceso al Fondo de cooperación.

¿A quién va dirigido?

Todos los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Actuaciones subvencionables
 
  1. La promoción de vivienda protegida de nueva construcción, directamente o a través de otros promotores públicos o privados.

  2. Las de urbanización dirigidas al paso de un ámbito de suelo de la situación de rural a urbanizado para crear, junto con las correspondientes infraestructuras y dotaciones públicas, una o más parcelas aptas para la edificación o uso independiente y conectadas funcionalmente con la red de los servicios exigidos por la ordenación territorial y urbanística.

  3. La adquisición de suelo para la promoción de inmuebles de nueva construcción para su cualificación como viviendas protegidas.

 
Requisitos
 
  1. Ningún ayuntamiento podrá presentar una o varias solicitudes de disposición de fondos que, individual o conjuntamente, excedan del 40 % del total del importe con el que está dotado el Fondo de cooperación. No se admitirán aquellas solicitudes que superen dicho límite.

  2.  

    El plazo para la reposición de las cantidades percibidas con cargo al Fondo de cooperación será el establecido en la resolución de aprobación de la financiación, sin que pueda exceder de ocho años, contados desde el día siguiente al de la fecha de la formalización del correspondiente convenio.

  3. La reposición de las cantidades correspondientes a cada anualidad deberá realizarse antes del último día hábil del mes de septiembre de cada año.

  4.  

    El importe que va a reponer el ayuntamiento en cada anualidad no podrá ser inferior al 10 % del importe total transferido.

Normativas relacionadas

RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2025 por la que se regula el Fondo de cooperación con los ayuntamientos para el apoyo a la financiación de la promoción de vivienda protegida de nueva construcción, y se convoca el acceso a dicho fondo para la anualidad 2025 (código de procedimiento VI406I).
Resolución de 20 de septiembre de 2016 por la que se crea el Fondo de cooperación para el apoyo a la financiación de actuaciones de rehabilitación y conservación del patrimonio construido en ayuntamientos de menos de 50.000 habitantes (Diario Oficial de Galicia del 23 de septiembre de 2016).
Ley 1/2019, de 22 abril, de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas de Galicia (Diario Oficial de Galicia núm. 83, del 2 de mayo).

Documentos relacionados

  • Cuadro resumen

AYUDAS

  • Acceso a la vivienda
  • Rehabilitación
  • Fondos europeos
  • Otras ayudas

SUELO RESIDENCIAL

  • Planes y proyectos de suelo residencial
  • Adquisición de suelo residencial
  • Venta de suelo residencial

EDIFICACIÓN

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VIVIENDA

  • Planes y programas
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  • Vivienda de protección autonómica
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REHABILITACIÓN

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