Locais comerciais e prazas de garaxe
Comercialización
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Los locaes comerciales y plazas de garaje propiedadd del IGVS podrán ser objeto de comercialización de acuerdo con lo previsto en el Título III del Decreto 253/2007, de 13 de diciembre, del régimen jurídico del suelo y de las edificaciones promovidas por el IGVS.
Con base en el citado Decreto, el 15 de marzo de 2024 el director general del Instituto Galego da Vivenda e Solo (IGVS) dictó la resolución por la que se anunciaba el procedimiento de adjudicación, mediante subasta, en régimen de compraventa o alquiler, de locales de negocio y plazas de garaje propiedad del IGVS. La lista de inmuebles y las condiciones de adjudicación figuraban en el pliego que se encuentra publicado en la web del IGVS.
Muchos de los inmuebles ofertados no recibiron ninguna oferta por lo que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 65.2 del Decreto 253/2007, el director general del IGVS, con fecha del 21 de febrero de 2025 dictó resolución por la que se declara desierta la subasta respecto de los locales de negocio y plazas de garaje propiedad del IGVS ofertados en procedimiento de adjudicación, mediante subasta, en régimen de compraventa o alquiler y que no obtuvieron ofertas, y se abre el procedimiento para su adjudicación directa (DOG Núm. 53, de 18 de marzo de 2025)