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REGISTRO DE DEMANDANTES DE VIVIENDA PROTEGIDA

Baja en el registro

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La inscripción en el Rexistrg se puede realizarse en cualquiera de las delegaciones provinciales y en los servicios centrales del Instituto Galego de Vivenda e Solo.

Tue Sep 04 14:59:00 CEST 2007
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Son causa de baja en el registro, entre otras, las siguientes :

  • No acreditar el cumplimiento de los requisitos esigidos para acceder a la vivienda en el momento en que se tenga que formalizar la adjudicación.
  • Incurrir en falsedad o ocultación en los datos que se entregan al registro.
  • Tener renunciado a la vivienda solicitada, salvo que la renuncia se debiese a:
    • Modificación sobrevenida de las circunstancias personales que provoquen una imposibilidad real de acceder a la vivienda o a inadecuación de la vivienda a las nuevas circunstancias de la unidad familiar o de convivencia.
    • Cuando quede debidamente acreditada la imposibilidad de conseguir el financiamiento de las entidades de crédito para el pago de la vivienda.
    • La superficie insuficiente de la vivienda o resultase inadecuada por causa de mobilidad según el artículo 47 de la Ley 18/2008.

Documentos relacionados

  • Solicitud de renovación de la inscripción en el Registro Único de Demandantes de Vivienda de la Comunidade Autonoma de Galicia
  • Decreto 1/2010, del 8 de enero, por el que se regula el Registro Único de Demandantes de Vivienda de la Comunidade Autonoma de Galicia.

AYUDAS

  • Acceso a la vivienda
  • Rehabilitación
  • Fondos europeos
  • Otras ayudas

SUELO RESIDENCIAL

  • Planes y proyectos de suelo residencial
  • Adquisición de suelo residencial
  • Venta de suelo residencial

EDIFICACIÓN

  • Calidad
  • Publicaciones técnicas

VIVIENDA

  • Planes y programas
  • Viviendas de promoción pública
  • Vivienda de protección autonómica
  • Realojos
  • Locales del IGVS

REHABILITACIÓN

  • Adquisición de inmuebles por el IGVS
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Rexistro de demandantes
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