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Procedimientos de adjudicación

Adjudicación de viviendas en segundas o posteriores transmisiones

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Tue Sep 04 14:59:00 CEST 2007
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El artículo 31 del Decreto 1/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Registro Único de Demandantes de Vivienda de la Comunidad Autónoma de Galicia y la adjudicación de las viviendas protegidas, así como de las acogidas a programas de acceso a la vivienda con ayudas públicas, establece:

  • Que las personas interesadas en adquirir estas viviendas deberán estar inscritas en dicho registro.
  • Que el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo ofertará las viviendas a través de su página web, para que las personas interesadas en adquirirlas manifiesten su interés en el plazo de 15 días desde la fecha de alta en la web.
  • Que entre los/las interesados/as se realizará un sorteo. 

 

La página web en la que se pueden consultar las viviendas ofertadas es http://igvs.xunta.gal/permanenteSegundaTransmision.html, así mismo en dicha web se encuentra el modelo de solicitud para manifestar el interés en la adquisición de una determinada vivienda.

 

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  • Artículo 31 del Decreto 1/2010

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