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EDIFICACIÓN Y CALIDADD

Informe de Evaluación de Edificios

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El informe de evaluación de edificios, IAE, es un instrumento que acredita la situación en la que se encuentra un edificio en relación con su estado de conservación, con las condicións de accesibilidad e informa sobre la certificación de la eficiencia energética.

Fri Jun 11 14:59:00 CEST 2021
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El informe de evaluación de edificios está directamente relacionado con el deber establecido en el artículo 135 de la Ley 2/2016, del 10 de febrero, del suelo de Galicia, de las personas propietarias de toda clase de terrenos, construcciones, edificios e instalaciones de conservarlos en las condiciones legales para servir de soporte a los usos a que están destinados y, en todo caso, en las de seguridad, salubridad, accesibilidad universal y ornato legalmente exigibles. Obligación que se concreta para las personas propietarias y usuarias de viviendas en el capítulo III del título I, “Del uso, del mantenimiento y de la conservación de las viviendas”, de la Ley 8/2012, del 29 de junio, de vivienda de Galicia, al establecer en el artículo 12 la obligación de mantelneras en buen estado de conservación, mantenimiento y seguridad. El deber de conservación viene definido por la jurisprudencia como un deber básico de la persona propietaria del suelo, cuyo contenido expresa una manifestación de la función social de la propiedad.

El IAE permite un conocimiento detallado sobre el estado de conservación de los edificios de uso residencial colectivo, sus condiciones de accesibilidad universal y su eficiencia energética, el cumplimiento del deber de conservación de los edificios y la adopción de las medidas necesarias para la conservación y rehabilitación del parque de edificios de viviendas y la regeneración y renovación de los tejidos urbanos existentes, con el fin de asegurar su seguridad, salubridad y accesibilidad de forma que no supongan riesgos para las personas y los bienes y garantizar el derecho de las personas a habitar en una vivienda digna. Este conocimiento facilita la realización de reparaciones y rehabilitaciones preventivas, antes de que se presenten problemas graves y costosos.

Permitirá también conocer las condiciones del edificio referidas a la accesibilidad y sus dotaciones en función de sus características y se definirán las medidas de adecuación para implantar en el edificio, con criterios de flexibilidad, y su coste.

Las actuaciones de rehabilitación y mejora que se lleven a cabo pueden beneficiarse de las ayudas de rehabilitación de la Xunta, tanto en materia de conservación como de accesibilidad y de eficiencia energética.

Así mismo, la información derivada de los informes de evaluación de edificios inscritos en el registro, servirá como un instrumento fundamental para orientar las políticas municipales y autonómicas en el sentido de la rehabilitación.

Quienes están obligados a presentar el IAE?

Están obligados a elaborar y presentar el IAE en el ayuntamiento en el que esté situado el inmueble, los propietarios de edificios de uso residencial vivienda colectiva, en el plazo máximo de un año desde que el edificio alcance los 50 años o la antiguedad que establezca el ayuntamiento, de ser el caso.

Los ayuntamientos que así lo consideren, podrán establecer un calendario para la presentación gradual de los IAE de los edificios que, y siempre que no supere los plazos siguientes:

- Hasta 1 año desde la entrada en vigor de este decreto, para los edificios catalogados.
- Hasta 3 años desde la entrada en vigor de este decreto, para el resto de los edificios con más de 50 años.


Como elaborar el IAE

Las personas capacitadas para la elaboración del IAE deberán elaboralro, en base a una inspección visual, cubriendo la herramienta informática que el IGVS pone a su disposición y de la que se puede generar el informe.

Registro de IAE

Para su gestión, los ayuntamientos tendrán a su disposición una aplicación informática que dispondrá de un módulo de explotación de datos para la generación de informes y/o listados y también incluirá un sistema de alertas relacionadas con las medidas de seguridad inmediatas o actuaciones necesarias, para el interés de los ayuntamientos.

Esta aplicación integrará una herramienta de consulta de datos públicos implementada mediante tecnología de información geográfica, que estará disponible, así mismo, en la página web del IGVS.

Normativas relacionadas

DECRETO 61/2021, de 8 de abril, por el que se regula el informe de evaluación de los edificios y se crea el Registro Gallego de Informes de Evaluación de los Edificios.
LEY 1/2019, de 22 abril, de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas de Galicia.

Enlaces relacionados

  • Acceso a los datos del registro público del IAE

AYUDAS

  • Acceso a la vivienda
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