
Rehabilitación
AREA REXURBE
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Objeto
El plan de dinamización es un instrumento de planificación que, en el marco de un área Rexurbe, formulará un programa plurianual referido a la totalidad del ámbito o a algunas de sus áreas, en el que se integran actuaciones a nivel arquitectónico dirigidas a fomentar políticas de rehabilitación de edificios y viviendas y la mejora del espacio público con otras a nivel económico y social.
Su objeto es coordinar las actuaciones públicas y privadas destinadas a la dinamización y a la regeneración de estos ámbitos, con el impulso de la recuperación de la actividad económica, el fomento de la mejora de la habitabilidad de las viviendas y de las condiciones de vida de las personas residentes, la procura de atraer nuevos habitantes y también la garantía de la conservación de los valores patrimoniales del conjunto y de sus elementos singulares.
Contenido
Os plan de dinamización contendrá, al menos, las siguientes determinaciones:
a) La delimitación del ámbito objecto de la actuación, que podrá ser continuo o discontinuo, de acuerdo con lo establecido en la declaración del área.
b) La descripción de los objetivos que se persiguen con la formulación del plan.
c) El análisis del ámbito de actuación y el diagnóstico de los problemas existentes que obstaculicen o impidan su regeneración, que debe abarcar, como mínimo, los siguientes aspectos:
1º. El estudio de la edificación existente.
2º. El estudio de las dotaciones y de los equipamientos.
3º. El estudio de los espacios libres, de carácter público y privado.
4º. El análisis de la población residente.
5º. El análisis de las actividades económicas.
6º. El estudio del comercio de proximidad.
d) La propuesta de intervención.
e) La memoria de viabilidad económica.
f) El análisis de la eventual eficacia de las medidas propuestas.
g) El programa de seguimiento y de evaluación anual de las actuaciones.
h) Los mecanismos para fomentar la participación social de la población y de sus entidades representativas.
Tramitación
La tramitación del plan de dinamización se ajustara al siguiente procedimiento:
a) El ayuntamiento elaborará el proyecto de plan de dinamización.
b) El IGVS una vez recibida la documentación, remitirá los documentos a los distintos departamentos de la Xunta de Galicia afectados por el plan para la emisión de informe en el plazo de un mes.
c) Recibidos los informes, el IGVS propondrá, en su caso, al ayuntamiento las correcciones que se deberán introducir en el documento.
d) Después de esto, el plan será sometido a la aprobación del Consello de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consejería competente en materia de vivienda.
e) El acuerdo se publicará en el DOG y en la página web del IGVS.
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